Pleno de la CSJ confirma decisión de no declarar prescrita causa por indultos
En la noche de este martes 30 de enero de 2018, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en función de Tribunal de Apelaciones, luego de levantar la sesión permanente a la que se acogió el día anterior, decidió confirmar la decisión adoptada por el magistrado de Garantías, José E. Ayú Prado Canals, de declarar no probada la prescripción de la acción penal de la causa, además de no declarar extinta la acción penal, y en consecuencia, no ordenar el archivo de la causa que se le sigue a un diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad, por los indultos presidenciales otorgados durante la pasada administración en 2009-2014.
La decisión mayoritaria del Pleno de la CSJ contó con el aval de los magistrados Harry Díaz, Jerónimo Mejía (con voto razonado), Oydén Ortega, Secundino Mendieta (por el magistrado suplente Efrén Tello) y Wilfredo Sáenz (como suplente del magistrado Abel Augusto Zamorano), lo anterior luego de valorar y analizar los argumentos vertidos en la audiencia tanto del abogado defensor Sidney Sittón y del magistrado fiscal, Abel Augusto Zamorano.
Por su parte, no compartieron la decisión de la mayoría, y salvaron su voto los magistrados Hernán De León Batista (presidente), Angela Russo de Cedeño, Asunción Alonso (suplente del magistrado José Ayú Prado), y Cecilio Cedalise Riquelme; quienes procedieron individualmente a sustentar su disconformidad con la decisión mayoritaria.
Al respecto, el Tribunal de Apelaciones, luego de hacer un resumen de los argumentos de las partes, fundamentó su decisión de rechazar la apelación anunciada por el abogado defensor Sidney Sittón, en la audiencia celebrada el pasado 5 de enero de 2018, tomando en cuenta que -a su criterio- la fecha exacta de prescripción de la acción penal sería el 2 de julio de 2018.
Lo anterior en virtud que el Pleno considera que el procedimiento especial para imputar a un diputado, en este caso del Parlacen, se concretó con la resolución de fecha 2 de julio de 2015, cuando se admitió la causa penal compulsada por el Ministerio Público, y con ello, se interrumpieron los plazos de prescripción de la acción penal.
Al respecto, se hizo una extensa aclaración en lo referente a la admisión y la imputación.
Antes de finalizar el acto, el abogado defensor solicitó se fije una audiencia para el levantamiento de la orden de detención con fines de extradición girada contra su defendido.
Esta audiencia, concluyó a las 10:30 de la noche, y tuvo lugar en el Salón de Audiencias del Segundo Tribunal Superior de Justicia.
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