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PLENO DE LA CSJ REVOCA Y NO CONCEDE ACCIÓN DE AMPARO DE GARANTÍAS



 

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia en su sesión de hoy 8 de septiembre de 2022, revoca la sentencia de fecha 9 de junio de 2022 dictada por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial y, en su lugar, no concede la acción de Amparo de Garantías Constitucionales presentada contra la decisión de declarar ruptura procesal en el acto de audiencia preliminar celebrado el 27 de enero de 2022, por la Juez Tercera Liquidadora de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá.

En sus consideraciones el Máximo Tribunal concluyó que “la actuación de la Juez demandada no conllevó la infracción de derechos fundamentales del hoy amparista. Por tanto, al no corroborarse la violación a las garantías constitucionales inmersas en el artículo 17 y 32 de la Constitución Política, se impone revocar la resolución venida en grado de apelación y no conceder esta acción constitucional”.

La decisión tiene como ponente a la magistrada Maribel Cornejo Batista, más 5 votos a favor de los magistrados María Cristina Chen Stanziola, Olmedo Arrocha Osorio, Miriam Cheng Rosas, Carlos Alberto Vásquez Reyes y María Eugenia López Arias; y 3 en contra de los magistrados José E. Ayú Prado Canals, Cecilio Cedalise Riquelme y Angela Russo de Cedeño.

La acción guarda relación con un recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Superior Especializado contra la Delincuencia Organizada, como tercero interesado, en la acción de Amparo de Garantías Constitucionales presentada por un ciudadano, contra la decisión de la Juez Tercera Liquidadora de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá, consistente en declarar ruptura procesal en el acto de audiencia preliminar del denominado caso “New Business”,  celebrado el 27 de enero de 2022.

 

 

 

Palacio de Justicia, Gil Ponce

8 de septiembre de 2022


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