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Por una incapacidad médica, se reprogramó audiencia intermedia en caso “Operación El Gallero”



La mañana de este lunes, 3 de septiembre de 2018, en audiencia intermedia, el juez de Garantías del Primer Circuito Judicial de Panamá, Justo Vargas Torres, reprogramó la audiencia intermedia, para el día lunes 10 de septiembre de 2018, a las 10:00 am., debido a una incapacidad médica de una de las imputadas en este proceso, presentada por el abogado particular, Rodney Saavedra.

Por este caso hay 15 personas imputadas por los delitos, contra la seguridad colectiva (drogas), asociación ilícita, posesión y tráfico de armas y explosivos, delitos contra el orden económico, blanqueo de capitales, delitos contra la administración pública, y corrupción de servidores públicos, en la denominada “Operación El Gallero”.

Al inicio del audiencia intermedia, el juez de Garantías, Justo Vargas Torres, le concedió la palabra al abogado particular, Pablo Javier Pérez Campos, quien no asistió el pasado viernes 31 de agosto de 2018, fecha en que fue programado el acto de audiencia intermedia y en la cual le fue impuesta una multa B/.500.00.

El abogado particular, Pérez Campos en su intervención, señaló que no pudo asistir al acto de audiencia, debido a que tenía programado para esa mismo día, una audiencia en la jurisdicción de Familia, relativo a una pensión de alimentos, y acotó al Tribunal recosiderara su decisión en cuanto a imponer la multa de B/. 500.00.

El Tribunal de Garantías, mantuvo su decisión de mantener la multa impuesta de B/. 500.00, debido a que en este proceso se encontraban todos los intervinientes en el acto de audiencia, e inclusive se realizaron los traslados de 6 detenidos y otros imputados que mantienen medidas cautelares de casa por cárcel en otras provincias, y en consecuencia la logística que se requiere para coordinar una audiencia de esta magnitud con una multiplicidad de partes y sujetos procesales se vio afectada por la no comparecencia del abogado.

Al momento de la presentación de los intervinientes en esta audiencia, el licenciado Rodney Saavedra, abogado particular de una de las imputadas en este proceso, presentó una incapacidad médica de tres días, debido a que su representada, está sufriendo de convulsiones y problemas de salud, por lo que pidió al Tribunal una permiso médico el día jueves, 6 de septiembre, para realizarse otros exámenes médicos, por lo que el Tribunal concedió dicho permiso médico al Hospital Gustavo Nelson Collado, de la ciudad de Chitré, en la provincia de Herrera. Esta imputada mantiene una medida cautelar de arresto domiciliario y reporte periódico de 3 veces la semana.

El Ministerio Público que estuvo representado por el fiscal Primero Superior, Markel Mora, de la Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Droga, no tuvo ninguna objección con la incapacidad médica presentada por la defensa de una de las imputadas en este proceso.

Antes de concluir la audiencia, algunos abogados de la defensa manifestaron al Tribunal, que la nueva fecha de reprogramación, no interfiriera, con otros actos de audiencia.

En tanto, el juez Justo Vargas Torres, dio por notificada a todas las partes, la nueva fecha de reprogramación de la audiencia intermedia y fue enfático en la asistencia de todas la partes intervinientes en este proceso, para no dilatar más este acto audiencia y acotó a los abogados de la defensa que tendrán que acomodarse a la nueva fecha de audiencia, que será para el lunes 10 de septiembre de 2018, a las 10:00 am.

En este mismo caso, el día de hoy, lunes 3 de septiembre de 2018, el Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá, conformado por los magistrados, Luis Mario Carrasco (presidente), Viterbo Quintero y Greta Marchosky, rechazaron por improcedente, la solicitud de recusación propuesta por el licenciado Markel Mora, fiscal Primero Superior especializado en delitos relacionados con Droga, en contra del licenciado, Justo Vargas, juez de Garantías del Primer Circuito Judicial, dentro del caso “Operación El Gallero”.

El Tribunal basó su decisión en el artículo 345, del Código Procesal Penal, en el que dice que existe un procedimiento especial propio de la audiencia en la fase intermedia para conocer y resolver el tema de las recusaciones. “Es necesario una vez en el acto de audiencia, y en presencia de todas las partes, que el tema sea abordado en un primer momento, ante el propio juez recusado, requiriéndose un pronunciamiento del mismo. Solo en el evento de que lo decidido por el juez recusado no resulte de la conformidad del recusante, es posible provocar la intervención por vía del recurso de apelación del Tribunal Superior de Apelaciones. quien decidiría de manera definitiva la controversia en segunda instancia”.

Acotó el Tribunal de Apelaciones, que la vía escogida por el fiscal recusante en esta causa no ha sida la correcta, ya que ha pretendido convertir al Tribunal Superior de Apelaciones en un Tribunal de Primera Instancia, al presentar de manera directa la solicitud de recusación a su conocimiento, obviando el necesario pronunciamiento inicial por parte del funcionario afectado y la posibilidad de que lo decidido sea revisado en segunda instancia.

Esta investigación inició el 21 de octubre de 2016, cuando se realizaron operaciones antidrogas, seguimientos, vigilancias, y decomiso de bienes inmuebles, vehículos, y en la cual se logró desarticular un presunto grupo criminal bajo la operación "El Gallero", vinculados a la presunta comisión de los delitos de blanqueo de capitales y trasiego de drogas.






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