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Por violaciones al debido proceso, se ordena archivo en caso MIVIOT y PAN



El juez Décimo Quinto de Circuito Penal de Panamá, Leslie Alberto Loaiza, al considerar violaciones al debido proceso, dictó este viernes, 21 de diciembre de 2018, cuatro resoluciones dentro de procesos penales que se siguen por el supuesto delito contra la administración pública, entre ellas, dos en el caso denominado “piso y techo”, en perjuicio del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT), y otras dos resoluciones en los casos denominados “horas de vuelo de helicóptero” y “granos”, ambos en perjuicio del Programa de Ayuda Nacional (PAN); mismas que a continuación se detallan su parte resolutiva:

 

Mediante Auto Vario N° 219, en el caso “piso y techo”, el juzgado admitió un incidente interpuesto por el licenciado Rolando Rodríguez, y por ende declaró la nulidad relativa dentro de la encuesta seguida a Juan Carlos Marciaga Parada, Abraham Williams Gallardo y Adolfo De Obarrio, por el delito contra la administración pública, a partir de la foja 18,995 del tomo 36, a la foja 22,753 tomo 43. En ese sentido, el juzgador de oficio señala como la Resolución N° 40 de 1 de junio de 2016, que contraviene la Constitución Política de la República de Panamá, donde se ordena la indagatoria de los prenombrados por violación al debido proceso, y en consecuencia, ordena el archivo del sumario de los antes mencionados, el cual fue instruido por la Fiscalía Anticorrupción de Descarga de la Procuraduría General de la Nación.

 

Asimismo, mediante Auto Vario N° 221, en este mismo caso de “piso y techo”, el juez admitió el incidente interpuesto por el licenciado Victor Collado, por ende declaró la nulidad relativa dentro de la encuesta seguida a Adolfo De Obarrio Manzini y Abraham Williams Gallardo, por el delito contra la administración pública, a partir de la foja 18,995 tomo 36, a la foja 22,753 tomo 42, y este juzgado de oficio señala como la Resolución N° 40 de 1 de junio de 2016 contraviene la Constitución Política de la República de Panamá, donde se ordena la indagatoria de los prenombrados por violación al debido proceso, y ordenó en consecuencia el archivo del sumario de los antes mencionados, el cual fue instruido por la Fiscalía Anticorrupción de Descarga de la Procuraduría General de la Nación.

 

Por otro lado, a través del Auto Vario N° 220, por el caso “horas de vuelo de helicóptero”, el juez Loaiza de igual forma admitió el incidente interpuesto por el licenciado Armando Fuentes, por ende declaró la nulidad relativa dentro de la encuesta seguida a Mónica Gabriela Rodríguez González y Milva Josefa Chang Almengor de Gómez, por el delito contra la administración pública, a partir de la foja 18,275 tomo 27, a la foja 33,485 tomo 56, y en ese sentido, el juzgador de oficio señala como la Resolución N° 44 de 29 de junio de 2016, que contraviene la Constitución Política de la República de Panamá, donde se ordena la indagatoria de los prenombradas por violación al debido proceso, y en consecuencia, ordena el archivo del sumario de las antes mencionadas, el cual fue instruido por la Fiscalía Anticorrupción de Descarga de la Procuraduría General de la Nación.

 

Finalmente, mediante Auto Vario N° 222, dentro del caso denominado “granos”, el Juzgado Décimo Quinto admitió el incidente interpuesto por el licenciado Víctor Collado, y por ende declaró la nulidad relativa dentro de la encuesta seguida a Adolfo De Obarrio Manzini, Angel Antonio Famiglietti Russo, Vanessa Isabel Ríos Gálvez, Jennifer Giselle Candanedo Pérez, Gustavo Enrique Barría Pérez, Yulius Garyn Chen Castillo, Zuleika Edith Rodríguez Cherigo, Guillermo Burbano Murillo, Angelo Herrera, Lilineth Salazar Him, Maribel Sandoya Romero, Jorge Luis González Sevillano, Adrián José Guardia Chang, José Fernando Coparropa Moreno, Yolanda Rangel, Marcela Del Carmen Castro Prado de Serrano, Milciades Guerra, Brigida María Caballero Nuñez de Hurtado, José Gutiérrez, Edwin Fernández Ramos, Diego Augusto Dolande de Ycaza, Mario Enrique Martinelli Berrocal, Roberto Enrique Brin Azcarraga, Felix Alfonso Fernández Miranda Cerjack, Aldo Mangravita Fernández Miranda, Manuel Ríos Correa, Desiree Darianne Aranda González, Praxedis Prenda Pinzón Vega, Mara Del Carmen Vergara Ramírez, Pablo Andrés Ruíz Obregón y Roberto Pérez, por delito contra la administración pública, a partir de la foja 9,765 a 41,113, la cual se relaciona con la Resolución N° 49 de 10 de marzo de 2015, donde se ordena la indagatoria de los prenombrados por violación del debido proceso; y en consecuencia, ordenó el archivo del sumario de los antes mencionados, el cual fue instruido por la Fiscalía Primera Anticorrupción de Descarga de la Procuraduría General de la Nación.

 

Cabe destacar que estas decisiones están siendo notificadas a las partes y por ende aún no se encuentran en firme.


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