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Presentan avances de la Comisión para la confección de la Lista Oficial de Auxiliares Judiciales y Curadores del Órgano



 

 

La segunda reunión de trabajo de la Comisión para la conformación de la Lista Oficial de Auxiliares Judiciales y Curadores del Órgano Judicial, se llevó a cabo este viernes, 24 de enero de 2020, donde se dio a conocer los avances en cuanto a la recepción de información por parte de los Tribunales y la plataforma digital que se confecciona para el ingreso de datos y documentos de los interesados.

 

El licenciado Andrés A. Mojica García de Paredes, presentó el primer informe de encuesta de los usuarios, en este caso de los Tribunales de Justicia, donde dieron a conocer las necesidades que mantienen en cuanto al personal profesional, para de tal manera, cumplir con lo que establece en el artículo 87 del Código Judicial, y numeral 15 del artículo 100, de la misma excerta legal. El periódo de recepción de encuesta fue extendido para aquellos que aún no han pododo presentar sus consideraciones.

 

Por su parte, los licenciados, Luis Cuesta y Luis Villareal, de la Secretaría Técnica de Recursos Humanos presentaron el prototipo de la plataforma que servirá por primera vez para que los interesados puedan introducir su información a través de una red informativa.

 

 

En esta reunión también se contó con la participación del Departamento de Planificación y Presupuesto que se encuentra en la elaboración de un procedimiento oficial para futuros ejercicios similares, con la finalidad de que se mantengan las mismas referencias luego de su aprobación por las instancias administrativas.

 

La reunión tuvo lugar en el salón de conferencias de la Secretaría Técnica de modernización y Desarrollo Institucional, y en ella participaron los comisionados, Andrés A. Mojica García de Paredes, Máryla Chavarría, Alina de Chérigo, Luis Cuestas, Luis Villareal, Yesbel Pimentel, Génesis Recuero, y Carol Rangel.

 

 

La conformación de las Listas de Curadores y Auxiliares Judicial, deben hacerse cada dos años, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 87 del Código Judicial, y numeral 15 del artículo 100, de la misma excerta legal.



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