Revocan reemplazo de pena a exalcalde de Colón y ordenan su detención inmediata
El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá, integrado por las magistradas Miriam Jaén (presidenta), Yiles Pitti y Yanelka Quijano, decidió por unanimidad revocar el Auto N.° 3,777 del 25 de noviembre de 2024, emitido por una jueza de cumplimiento donde accedía a la solicitud formulada por el defensor particular, Alexis Sinclair, de reemplazo de la pena de prisión por trabajo comunitario, a un exalcalde del Municipio de Colón, sancionado por el delito contra la administración pública, en la modalidad de peculado doloso agravado.
En la audiencia, el Tribunal evaluó los argumentos presentados por la defensa particular, así como los planteamientos de la Fiscalía y la querella. Tras analizar las circunstancias, resolvió revocar el reemplazo de la pena de 60 meses de prisión por trabajo comunitario, el cual estaba previsto realizarse en la Junta Comunal de Cativá.
La decisión del Tribunal se fundamenta en el artículo 6 del Código Penal, que establece que la imposición de penas y medidas de seguridad debe basarse en los principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad. En este sentido, el Tribunal consideró inadecuado que el sancionado realice trabajo comunitario en una junta comunal ubicada en el mismo distrito donde se cometió el delito, especialmente tratándose de un exfuncionario elegido por voto popular.
La audiencia contó con la participación de la fiscal superior anticorrupción, Johaira González Castillo, en representación del Ministerio Público. Por su parte, el abogado Alexis Sinclair actuó como defensor técnico del condenado, mientras que Leonel Rosales representó a la parte querellante en nombre del Municipio de Colón.
Este caso tiene su origen en una sentencia emitida por la jueza liquidadora de causas penales de la provincia de Colón, Gloria González de Vergara, quien declaró al exalcalde penalmente responsable por diferentes modalidades de peculado en perjuicio del Municipio de Colón y lo condenó a 60 meses de prisión.
Por: Joel Omar González.
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