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Sala Tercera declara Legal “Operación Milagros”



Bajo la ponencia del magistrado Víctor L. Benavides P., y el respaldo de los Magistrados Winston Spadafora F. y Alejandro Moncada Luna, la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, declaró legal la Resolución N° 3 de 7 de mayo de 2007, dictada por el Consejo Técnico de Salud del Ministerio de Salud, la cual no admitió una denuncia presentada por la Asociación Médica Nacional (A.M.N.), en el sentido de que se investigara el ejercicio ilegal de la profesión por parte de médicos extranjeros, dentro del programa conocido como “Operación Milagros”.

La decisión de esta Sala de la Corte, se fundamentó en la Resolución N° 226 de 15 de marzo de 2007, que contiene el Convenio Binacional, suscrito por los representantes de Salud de la República de Panamá y la República de Cuba, misma que dio inicio a la denominada “Operación Milagros”, que permitía la asistencia técnica recíproca entre ambas Naciones y la ejecución de programas en materia de salud, y entre otros, el envío de especialistas, técnicos, científicos, profesores o estudiantes, según la naturaleza y alcance del programa convenido. Además de la utilización de equipo tecnológico de punta, empleado para las diversas intervenciones quirúrgicas.

Al recabar las pruebas pertinentes, la Sala Tercera apreció que los objetivos del Programa “Operación Milagros”, fueron brindar atención oftalmológica de forma gratuita a todos aquellos ciudadanos panameños o residentes en Panamá, o de cualquier otro origen, de bajos recursos económicos y pobreza extrema, siendo beneficiados 74,961 pacientes, de ellos se han realizado 44,515 cirugías, y que con las realizadas en la República de Cuba de 5,212 en la primera etapa, suman un total de 49,727 cirugías dentro del marco de este Programa.

La Sala también analizó que, en materia de Convenios Internacionales, la República de Panamá ha sido signataria de un sinnúmero de éstos,         y que para este caso en particular, el Consejo Técnico de Salud, en su función de supervigilar, reglamentar y controlar la práctica de profesiones médicas y afines y de asesorar en problemas de salubridad, solicitó al Director General de Salud y Secretario del Consejo Técnico de Salud, desde el 28 de febrero de 2007, la presentación de la documentación que avala el ingreso del personal médico y técnico extranjero al territorio nacional, cumpliéndose con los parámetros legales contenidos en la Constitución Nacional y el Código Sanitario.      

 Palacio de Justicia, Ancón

     04 de enero de 2011


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