Se fija fecha de audiencia por caso de inviolabilidad del secreto
El juzgado Decimosexto de Circuito Penal del Primer Distrito Judicial de Panamá, fijó fecha de audiencia ordinaria, del 3 al 7 de septiembre de 2018, y del 10 al 14 de septiembre de 2018, a las 9:00 am., dentro del proceso seguido a Alejandro Garúz Recuero y Gustavo Pérez de la Ossa, por el delito contra la libertad, en la modalidad de inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad.
En tanto, como fecha de audiencia ordinaria alterna, la misma se realizará del 12 al 16 de noviembre de 2018, y del 19 al 23 de noviembre de 2018, a las 9:00 a.m. Ambas audiencias, se celebrarán en el salón de audiencias del Juzgado Séptimo de Circuito Penal, del Primer Circuito Judicial, edificio 725, Balboa, Ancón, frente a Nikos Café.
El Juzgado Decimosexto de Circuito Penal del Primer Distrito Judicial, ha establecido un reglamento de audiencia que regirá de la siguiente manera:
1. La audiencia se llevará a cabo a puertas cerradas para el público en general y personas no autorizadas por el Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 2228 del Código Judicial, y por razones conforme a lo que dispone el artículo 29 de la Constitución Nacional y por respeto a la intimidad de las personas ofendidas en este proceso.
2. Las sesiones serán consecutivas dentro de los días fijados, a partir de las 9:00 am., hasta las 5:00 pm.
3. La sesión continuará al día siguiente a las 9:00 am, haciendo uso de la palabra quien designe el presidente de la audiencia.
4. De no estar presente alguna de las partes en la sesión del día próximo siguiente, una vez iniciada la audiencia, y de no poder concluirse el día en que esta inicie, sin causa justificada, será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 119 de la Ley 53 de 2015, en concordancia con el numeral 17 de la citada norma.
5. Se prohíben las muestras de aprobación y desaprobación, tal y como lo establece el artículo 2234 del Código Judicial.
6. Los asientos dentro del salón de audiencias, se distribuirán de la siguiente manera:
3 asientos, para cada abogado defensor
2 asientos para el Ministerio Público
1 asiento para cada apoderado legal de las víctimas constituidas como querellantes
1 asiento para cada imputado
2 asientos para los familiares de cada imputado
1 asiento para cada ofendido
6 asientos para los medios de comunicación
El acceso al salón de audiencias será dirigido por la dirección de Seguridad del Órgano Judicial, en cumplimiento del artículo 2228 del Código Judicial.
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