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Se realiza lectura de sentencia de caso "El Gallero"



Pasadas las 9 de la noche, de este miércoles 30 de octubre de 2019, el Tribunal de Juicio Oral del Primer Circuito Judicial de Panamá, conformado por los jueces Katia Rodríguez Alvarado (presidenta), Aldo Jonhson Gobern (relator) y Marysol Osorio Leyton, concluyó la audiencia de lectura de sentencia a 15 personas, con un veredicto de no culpabilidad por los delitos de droga, blanqueo de capitales, posesión ilegal de armas, corrupción de servidores públicos y asociación ilícita; ello en el caso denominado "Operación El Gallero".

 

Este Tribunal de Juicio en su fundamento jurídico argumentó la ilegalidad por la falta de acreditación en juicio, de la existencia de la autorización por parte de un juez de Garantías, para la interceptación telefónica de 99 audios presentados como una "Prueba Madre" de la Fiscalia en la acreditación de su teoría del delito, la que adicional fue introducida por una persona carente de legitimidad.

 

De igual forma, la existencia de una inadecuada acusación penal, ausente de una individualización de las acciones atribuidas a cada acusado, adicional a ello, de una errada calificación de los delitos.

 

Además, enfatizó en tribunal colegiado en su lectura que “se demostró en juicio que en la presente causa penal no se incautó sustancia ilícita, dinero y armas de fuego; pues la información que fue sustentada por el fiscal correspondió a hechos ya juzgados”.

 

En cuanto, para probar el delito de blanqueo de capitales, la agencia de instrucción no se valió de peritos idóneos, sino por testigos que desconocieron el historial financiero de los acusados, así como de los conceptos básicos.

 

Otros de los aspectos que puntualizó este tribunal, fue la existencia de irregularidades en la cadena de custodia que incidieron en el resultado del juicio.

 

Los jueces de juicio, previo a finalizar este acto de audiencia, ordenaron el levantamiento de las medidas cautelares personales a los acusados y la entrega de los bienes incautados a los mismos, así como también a los terceros afectados.

 

Es importante señalar que, es el Juez de Juicio Oral que asigna valor a las pruebas; y el hecho que estén admitidas en fase intermedia, no es equivalente que tengan significancia probatoria, toda vez que es en el desarrollo del juicio donde se otorga su valor probatorio.

 

Por su parte, la fiscalía anunció la presentación de recurso de casación penal, ante la lectura del fallo emitido.


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