• Instagram

  • Youtube


Tribunal de Apelación ordena detención provisional al exgobernador del Estado de Quintana Roo (México)



El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá, conformado por las magistradas Yiles Pitti (ponente), Gretta Marchosky, y el magistrado Adrián Hernández, declararon legal la aprehensión y ordenaron la detención provisional por sesenta (60) días, contra el exgobernador del Estado de Quintana Roo (México), por la supuesta comisión del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita. Esto en atención a una orden de detención provisional, con fines de extradición, ordenada por un Juez Federal en el Estado de México.

La decisión fue tomada luego de escuchar las argumentaciones por parte del fiscal de Asuntos Internacionales, José Antonio Candanedo, en el que presentó una serie de elementos, entre ellos, la solicitud de orden de detención por el país requiriente en contra del prenombrado, en atención al artículo 525 del Código Procesal Penal, que indica que “La autoridad judicial competente, luego de la evaluación correspondiente, podrá ordenar la detención provisional con fines de extradición de la persona, por un plazo de sesenta días. Dentro de lo cual el Estado requirente deberá formalizar la solicitud de extradición y cumplir con los requisitos previsto en este Código”; concatenado al Tratado de Extradición entre la República de Panamá y Los Estados Unidos Mexicanos.

Acorde a lo dispuesto por el Tribunal Colegiado, la defensa particular, a cargo del abogado Carlos Carrillo, anunció un recurso de apelación.

Este Tribunal, luego de deliberar, consideró de manera unánime, no admitir el mismo en concordancia con las disposiciones emitidas, en referencia al artículo 526 del Código Procesal Penal.

Conforme a la reforma introducida por la Ley 4 de 2017, que modificó el artículo 41 del Código Procesal Penal, estas disposiciones quedan asignadas bajo la competencia de un Tribunal Superior de Apelaciones, en los procesos de extradición, en atención a las solicitudes que presenten el Ministerio Público y la defensa.

Durante el periodo de detención provisional, la persona requerida se mantendrá a órdenes del Ministerio de Relaciones.



Galería de Imagenes


Redes Sociales