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Tribunal de Apelaciones confirmó decisión de suspender trabajo comunitario a sentenciada por estafa



 

La tarde de este jueves, 15 de noviembre de 2018, el Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá, integrado por los magistrados Yiles Pittí (presidenta), Frank Torres y Carlos Rivas, de manera unánime, confirmaron la decisión del juez de Cumplimiento, James Corro, de suspender el trabajo comunitario a la sentenciada Milagros Lay Navarro, por el delito de estafa y otros fraudes, y se ordena la detención, a fin de que termine de cumplir su sentencia en un centro del Sistema Penitenciario.

El Tribunal de Apelaciones, basó su decisión, en que la defensa debió probar que la sentenciada, cumplió en debida forma las condiciones impuestas, o que el incumplimiento de esta, es justificado. Desde el 10 de mayo de 2018, fecha en que fue condenada, Milagros Lay, hasta el 7 de noviembre de 2018, por lo menos debió dictar 6 charlas, y la defensa solo acreditó una foto, que no indica, fecha, lugar, actividad, público presente, y la acreditación de la listas de asistencia de las personas que participaron en dichas charlas, y las firmas de supervisión del Municipio de San Miguelito.

Los magistrados de Apelaciones, comparten el criterio del juez de Cumplimiento, que consideró incumplida la condición de dictar charlas, de cómo ayudar a los pacientes con cáncer, una vez al mes, y acotó el Tribunal, que al sentenciado que se le beneficia con una sustitución de pena, tiene la responsabilidad de mantener su libertad, cumpliendo las condiciones impuestas.

La defensa pública, estuvo representada por la licenciada Francisca Vargas, y peticionó al Tribunal, se revocara la decisión del juez de Cumplimiento.

El Ministerio Público estuvo representado por la fiscal adjunta, Minerva Rodríguez, quien argumentó que en los informes de seguimiento para verificar el trabajo comunitario de la señora Lay, la misma no se encontraba en el lugar que había indicado su supervisor. Por lo que la fiscal solicitó se confirmara la decisión del juez de Cumplimiento.

Los hechos ocurridos en este caso, se dan a conocer a través de programas televisivos en noviembre del 2016, cuando Lay solicitaba dinero para medicamentos, operaciones y demás, al indicar que solo tenía 6 meses de vida porque según ella, padecía de cáncer. Esto ocasionó que funcionarios de diversas entidades médicas señalaran que la señora Milagros Lay no era paciente de cáncer.


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