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Tribunal de Juicio oral en caso “Pinchazos” declara no culpable a expresidente de los 4 delitos por los que se acusaba



El Tribunal de Juicio Oral en caso “pinchazos”, integrado por los jueces Roberto Tejeira (Presidente), Arlene Caballero (Relatora) y Raúl Vergara (Tercer juez), declaró de manera unánime no culpable al expresidente de la República de los delitos de seguimiento y vigilancia sin autorización judicial, interceptación de las telecomunicaciones sin autorización judicial, peculado por sustracción y peculado de uso, por los que la Fiscalía lo acusaba y pedía una pena de 21 años en total.



Estos delitos están fundamentados en los artículos 167, 168, 338 y 341 del Código Procesal Penal.



El Tribunal de Juicio Oral manifestó que, luego de un exámen general de las pruebas desahogadas en juicio, llegaron a la conclusión que el Ministerio Público no logró acreditar su Teoría del Caso; por cuanto, ante la gran cantidad de incosistencias y el no acatamiento de la normativa que regula la actividad probatoria, afloran gran cantidad de dudas razonables, que no permiten resquebrajar el estado natural de inocencia que opera a favor del acusado.



Además, el Tribunal de juicio, en audiencia de comunicación del sentido del fallo manifestó que le esta vedado fundamentar un veredicto de culpabilidad ante la evidente violación del debido proceso y el derecho de defensa desde el primer acto de investigación; amén de que, según algunos de los testigos, para la obtención de sus declaraciones se ejercieron actos que atentan contra la dignidad humana, pudiendo estar revestidas de ilícitud.



De igual manera, el Tribunal de Juicio Oral ordenó que se levante la medida cautelar de arresto domiciliario que mantenía el expresidente de la República; pero se mantiene el impedimento de salida del país hasta que se de la lectura de la sentencia, el próximo lunes 26 de agosto del 2019, a las 4:00 p.m.



El veredicto se vierte tras 4 meses y 22 días de juicio oral en los que se presentaron más de 40 testigos entre todas las partes, así como varios peritos. También fueron ventiladas en esta fase más de 45 pruebas documentales, entre las que se encontraban cinco discos compactos y dvds.

 

Este caso inició en el 2015 y fue llevado bajo la jurisdicción de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), porque el expresidente tenía fuero al ser diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen). Sin embargo, el 7 de diciembre del 2018, por decisión del Pleno de la CSJ se declinó la competencia y el caso pasó al Sistema Penal Acusatorio.



 


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