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Tribunal deniega amparo de garantías constitucionales en caso Odebrecht



Bajo la ponencia de la magistrada Lilianne Ducruet, el Primer Tribunal Superior de Justicia denegó la acción de amparo de garantías constitucionales propuesta por Luis Enrique Martinelli Linares contra el juez Duodécimo de Circuito Penal de Panamá, quien en resolución del 27 de noviembre de 2017, concedió en efecto diferido, el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra el Auto N° 242 del 25 de octubre de 2017, que negó la solicitud de extensión del término de dos meses y ordenó remitir la vista fiscal dentro de las sumarias en averiguación por el supuesto delito contra el orden económico y contra la administración pública.

La decisión se fundamentó en que ya este Tribunal Superior, mediante sentencia del 5 de enero de 2018, se pronunció en relación a la misma resolución –proveído de 27 de octubre de 2017-, resolviendo no conceder el amparo de garantías propuesto por Humberto Javier De León contra el juez Duodécimo de Circuito Penal de Panamá, al estimar que no se violaba el estatuto fundamental

El Tribunal destaca que la citada sentencia del 5 de enero de 2018, fue confirmada por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en reciente fallo del 5 de abril de 2018.

Esta decisión contó con el salvamento de voto del magistrado Miguel Espino.



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